• Plantea Paul Martínez Marie aumentarlas hasta 4 años de prisión y 600 UMAS.
Mediante una iniciativa para reformar el Código Penal del estado, el diputado Paul Martínez Marie propuso a este Congreso actualizar las penas a que se haga acreedora la persona que cometa el delito de Cobranza Ilegítima, con la elevación a hasta cuatro años de prisión y de hasta 600 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), incluyendo la utilización de medios impresos o digitales para la exhibición y difusión de los datos personales del deudor o familiares de éste.
En la Primera Sesión Ordinaria del Segundo Período de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, el legislador expuso que, de manera indebida, empresas y personas que se dedican a dar préstamos en efectivo se apropian de los datos personales de sus clientes y hacen uso ilegal de los mismos para presionar el pago de créditos arbitrarios. Una de las tácticas de extorsión más frecuentes, indicó, es el envío masivo de mensajes a los contactos de sus clientes en redes sociales, usando una fotografía del mismo y leyendas que lo exhiben y señalan.
También señaló que las amenazas, difamaciones, videos y fotografías que publican los prestamistas o cobradores en las redes sociales para extorsionar a quienes solicitan un préstamo mediante apps o de manera personal generan un daño psicológico, violentan a las víctimas en su autoestima, personalidad, valores y forma de relacionarse con familiares, amigos y compañeros de trabajo.
Paul Martínez Marie estimó también que el derecho a la vida privada puede vulnerarse con los actos de hostigamiento, amenazas o violencia que llevan a cabo personas físicas y morales, con la utilización de datos e información privada, para cobrar deudas contraídas con particulares o instituciones de crédito.
Dichos actos ilegales –prosiguió el Diputado- generan en el deudor un ambiente hostil por ser sometido a una valoración social indebida por exhibir su deuda y morosidad y pone en riesgo su integridad y patrimonio al ser expuestos su domicilio y sus bienes, por lo que, consideró, estas acciones de los acreedores deben cesar.
A esto añadió información de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), según la cual, en 2017 se registraron 22 mil 344 reportes de prácticas indebidas de cobranza, en 2020 aumentó a 27 mil 752 quejas y en 2022 el número incrementó a 39 mil 672.
La propuesta de reforma consiste en que a quien, con la intención de requerir el pago de una deuda, ya sea personalmente o por medios ilegítimos, exhiba datos personales del deudor o familiares de éste, se valga del engaño o efectúe actos de hostigamiento o intimidación en contra del deudor, de quien funja como aval de éste o de quien haya servido como referencia, se le impondrá prisión de uno a cuatro años y una multa de 200 a 600 UMAs, además de las sanciones que correspondan si, para tal efecto, se emplearon documentos o sellos falsos, se usurparon funciones públicas o de profesión, o si se utilizó cualquier medio impreso o digital para la difusión de los datos personales del deudor o familiares de éste.
Con la adhesión del Grupo Legislativo de Morena, de las diputadas Tania María Cruz Mejía, Citlali Medellín Careaga, Maribel Ramírez Topete y Ruth Callejas Roldán, además de los diputados Juan Enrique Santos Mendoza, José Luis Tehuintle Xocua y Ramón Díaz Ávila, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo 173 ter del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.
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