En sesión pública virtual del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) confirmó el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría expedida a favor de la fórmula propuesta por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Veracruz”, en la elección de ediles del Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Veracruz
Al resolver el recurso de inconformidad 35 del año en curso, interpuesto por Servando Manuel Pozos Cancela, ostentándose como representante propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Municipal en mención, en contra de los resultados del cómputo de la elección municipal para integrar el Ayuntamiento y el otorgamiento de la constancia de mayoría respectiva, aduciendo la nulidad de la elección.
El Tribunal determinó los agravios infundados, ya que, con base al artículo 360 párrafo tercero del Código Electoral, con las pruebas aportadas por el actor, no es posible demostrar de manera fehaciente que los ciudadanos cuestionados son servidores públicos en alguna dependencia federal, estatal o municipal, precisamente porque las documentales que ofrece no son idóneas para demostrar de manera indubitable sus afirmaciones.
Es importante enfatizar que la autoridad administrativa, cumplió con cada una de las fases que componen el proceso electoral, esto es, desde la preparación de dicho proceso hasta la etapa de resultados electorales.
Ahora bien, si en el caso, la premisa principal de que los diversos ciudadanos que integraron las mesas directivas de casillas, son servidores públicos no está probada; por consiguiente, no puede actualizar la presión sobre los electores o los demás integrantes de las mesas directivas; precisamente ante la falta de pruebas que den sustento a sus afirmaciones.