• Presenta el legislador Juan Manuel de Unánue una iniciativa que reforma las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Orgánica del Poder Ejecutivo.
El diputado Juan Manuel de Unánue Abascal presentó una iniciativa de decreto que adiciona diversas disposiciones a las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y a la Orgánica del Poder Ejecutivo, ambas del Estado de Veracruz, para establecer la obligatoriedad de los Fideicomisos Públicos a realizar, por lo menos, una sesión trimestral y que ésta sea de manera pública y transmitida vía internet.
En su intervención durante la primera sesión ordinaria, el integrante del Grupo Legislativo Mixto Acción Nacional Veracruz (ANV) dijo que en Veracruz están constituidos 25 fideicomisos, entre los que subyacen los bursátiles, de administración y fuente de pago, de deuda, maestros, entre otros.
Refirió que, de acuerdo con la información del Cuarto Informe Trimestral del Ejercicio del Gasto, emitido por la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) del Estado, al 31 de diciembre de 2019 los saldos de los diversos fideicomisos se encontraban de la siguiente forma: 3,908.4 millones de pesos (mdp) de saldo patrimonial en 25 fideicomisos.
Un saldo patrimonial de 909 mdp en los fideicomisos de deuda; 5,981 mdp por el financiamiento del esquema del Cupón Cero y 8,188 mdp Fideicomiso para Mantenimiento de Deuda y Fondos de Reserva.
El legislador destacó que más del 60 por ciento de estos Fideicomisos no tiene estructura orgánica y que el Primer Informe de Gobierno no da cuenta de los resultados obtenidos por éstos, ni sobre el alcance de los objetivos de los fideicomisos con estructura. “En ambos casos la información de los fideicomisos es limitada lo que pareciera ser un incumplimiento al artículo 22 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, expuso.
De esta manera, el diputado plantea que las reuniones o juntas que celebren los miembros del Comité u órgano de gobierno de los Fideicomisos y fondos públicos, considerados entidades paraestatales y los que no sean considerados paraestatales, así como de los mandatos públicos y demás contratos análogos, deberán ser públicas y transmitidas a través de los medios digitales, resguardando el archivo digital como información de carácter público, con las salvedades de Ley.
Asimismo, que los comités técnicos u órganos de gobierno deberán sesionar ordinariamente cada trimestre y, de manera extraordinaria cuantas veces lo requieran para el cumplimiento de sus fines. Las sesiones deberán ser públicas y trasmitidas a través de medios digitales. Los Comités Técnicos aprobarán y publicarán, en la Gaceta Oficial del Estado, durante el mes de febrero de cada año, el calendario anual de sesiones ordinarias que en cada caso corresponda.
A través del artículo segundo transitorio, se prevé que en un plazo que no excederá de 60 días naturales, el Poder Ejecutivo a través de la Sefiplan, armonizará al presente Decreto, los lineamientos, Manuales, Reglas de Operación y demás disposiciones reglamentarias que resulten aplicables a la organización y funcionamiento de órganos de gobierno colegiados o comités técnicos de fideicomisos y fondos públicos.
La iniciativa fue turnada, para su análisis y dictamen, a las Comisiones Permanentes Unidas de Transparencia, Acceso a la Información y Parlamento Abierto y de Hacienda del Estado. Se adhirieron los integrantes de los Grupos Legislativos Mixtos de Movimiento Ciudadano-PRD, del PRI-PVEM y De Lado Correcto de la Historia.
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